jueves 18 de junio de 2009

PREVENCION: ASALTO A EDIFICIOS

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PREVENCION: ASALTOS A COPROPIEDADES!

Apreciados Amigos:


Nuevamente se ha incrementado el asalto a mano armada a edificios, a plena luz del dia y al parecer realizados por bandas muy bien organizadas.

Ayer, como puede verse en la noticia publicada por el diario EL TIEMPO los hampones incursionaron en un edificio ubicado en la zona del Batan y saquearon siete apartamentos.


Para prevenir ese tipo de ilicitos es necesario tener en cuenta algunos puntos importantes:



  • Generalmente los delincuentes penetran a la copropiedad suplantando a trabajadores de empresas de servicios publicos, instaladores o mensajeros: No permita la entrada sin verificar con la empresa correspondiente


  • En muchas ocasiones puede sospecharse que existe complicidad con el personal de vigilancia: Contrate solo empresas autorizadas, exija investigacion de antecedentes, referencias, etc.


  • Una vez adentro, los delincuentes se reparten las "Tareas": Generalmente uno vigila el acceso, otros penetran a los apartamentos, y otro(s) vigilan a los rehenes que son tomados en el momento de la incursion: Sospeche si observa movimientos extraños o "vigilantes" desconocidos, si detecta la presencia de personas desconocidas o movimientos extraños


  • No abra su puerta sin verificar la identidad del visitante, o si este no fue anunciado previamente (Y autorizado por usted su ingreso) y utilice un "ojo magico" o un videoportero para "ver" al visitante antes de abrir y asi verificar su identidad: No olvide que los delincuentes suplantan a familiares, amigos y conocidos


  • Si observa algo sospechoso en su edificio, intente comunicarse con el vigilante y con otros residentes; para ello debe mantener siempre un listado con telefonos de sus vecinos


  • Informe a las autoridades de inmediato; Mantenga a mano telefonos de Policia, CAI, etc


  • Accione las alarmas, pida auxilio, haga mucho ruido y pida a los demas que tambien lo hagan. Desencadenar una reaccion en cadena puede detener o poner en fuga a los delincuentes. Asegurese de que eso no pone en riesgo su seguridad o la de otros.


  • Si es tomado como rehen o los delincuentes logran sorprenderle dentro de su vivienda, conserve la calma.


  • El mayor peligro se presenta porque los hampones estan armados y pueden atacarlo si usted les asusta con alguna reacion


  • Calme al ladron, hagale saber que no opondra resistencia.


  • Mantenga sus manos a la vista y no haga movimintos bruscos


  • Si posee algun tipo de alarma trate de activarla, pero solo si eso no implica peligro para su integridad.


  • Observe muy bien y trate de memorizar los rasgos de los delincuentes: Para memorizar establezca relacion con el fisico o la apariencia de personas conocidas. (La estatura de Fulano, el color de cabello como el de zutano, etc)


  • Memorice en especial: Estatura, color de piel color y textura del cabello, peso, defectos o señales particulares, tipo y color de calzado, tono de voz y acento, etc.


  • Colabore siempre cumpliendo y haciendo cumplir con todas las normas y consignas de seguridad establecidas por su administracion.
  • martes 16 de junio de 2009

    PROHIBIRAN MASCOTAS EN PARQUES INFANTILES

    PROHIBIRAN MASCOTAS EN PARQUES INFANTILES!

    Apreciados Amigos:


    Perros Callejeros


    En el CONCEJO DE BOGOTA cursa un proyecto de acuerdo, ya aprobado en primer debate, por el cual se prohibira el ingreso de perros y gatos a las zonas de juegos infantiles en los parques.


    Este proyecto ya ha despertado una gran polemica, con manifestacion publica incluida, organizada por las asociaciones defensoras de animales, pues algunos consideran que la medida es discriminatoria y desconoce los derechos de las mascotas y sus propietarios, atentando contra el derecho al libre desarrrollo de la personalidad, mientras que otros piensan que ya es hora de que los parques dejen de ser el "Sanitario Publico" de las mascotas y los derechos de los niños tengan prioridad sobre los derechos de los animales.


    Como vemos, nuevamente las mascotas y la mayoria de sus amos vienen a "pagar los platos rotos" por culpa de algunos malos amos que no quieren entender que tener un perro implica una serie de deberes para evitar riesgos, molestias e incomodidades a la comunidad.


    La Ley 746 de julio 19 de 2002 (Tenencia de Mascotas), que pretendia "civilizar" a los malos amos... (Ver articulo completo)

    martes 7 de abril de 2009

    DIAN NO PUEDE CONVERTIR A LA PROPIEDAD HORIZONTAL EN DECLARANTE!


    ¡ ULTIMA HORA !




    Apreciados Amigos:


    El DECRETO 1060 de marzo 31 de 2009 pone fin a la polemica generada por la DIAN, al querer convertir a la Propiedad Horizontal en declarante y responsable del IVA cuando intentara hacer uso de la posibilidad concedida por la ley 675 de explotar economicamente los bienes comunes no esenciales.


    Por ejemplo, si la copropiedad decidia que podia alquilar el salon comunal, algun parqueadero o deposito comunal, suponia la DIAN que estaba ejerciendo una actividad comercial y por consiguiente estaba en la obligacion de cobrar el IVA y presentar la declaracion bimensual, como cualquier establecimiento comercial.


    Se basaba en que segun el articulo 32 de la ley 675 de agosto 3 de 2001 el objeto social de la propiedad horizontal era "administrar los bienes y servicios ..... (VER ARTICULO COMPLETO)


    miércoles 28 de enero de 2009

    LA ASAMBLEA GENERAL

    Por ser un tema de actualidad, queremos tratar el tema de la Asamblea, mencionando algunos aspectos prácticos y otros legales, que seguramente serán de utilidad.


    En primer lugar es necesario decir que la reunión no debe convertirse en una larga jornada, exasperante y fatigante, para lo cual debemos organizarla y dirigirla de manera que pueda realizarse en un máximo de dos o dos horas y media, tiempo mas que justo para evacuar los temas despues de un debido análisis y debate.


    Para lograrlo, es necesario recordar y recordarle a los asistentes que la Asamblea solo debe tratar los temas que son de su exclusiva competencia y dejar los temas generales para su debido trámite ante el organo competente: P. ej. los temas que pueden ser resueltos por el Consejo de Administración se tratarán en reuniones del Consejo y los temas que que son competencia del Administrador deberán ser planteados directamente ante la Administración. Eso significa sencillamente que en la reuniòn de Asamblea NO SE DEBEN TRATAR TEMAS QUE SON DE COMPETENCIA DEL CONSEJO O DEL ADMINISTRADOR, sino SOLO AQUELLOS QUE COMPETEN A LA ASAMBLEA.


    De lo contrario, la reunión será interminable y con el riesgo de que por estar tratando temas que se deben resolver en otras instancias se dejen de tratar los temas que verdaderamente son para la Asamblea. (VER ARTICULO COMPLETO)

    martes 9 de septiembre de 2008

    ¡EXTRA: APLAZAN INDEFINIDAMENTE VERIFICACION TARIFAS DE VIGILANCIA!!!

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    La SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, en respuesta a un "Derecho de Peticion" ha confirmado que:


    "atendiendo las sugerencias e inquietudes por parte de copropietarios de unidades residenciales, la verificacion de la aplicacion de las nuevas tarifas para el sector residencial queda postergado (sic) hasta nuevo aviso, toda vez que en la actualidad las tarifas establecidas en el Decreto 4950 de 2007 son objeto de estudio y analisis por parte de esta administracion"


    La respuesta de la que se tomo literalmente el parrafo anterior esta firmada por la Abogada Diana Collazos Saenz, Jefe de la Oficina Asesora Juridica, y telefonicamente verificamos la informacion con la Abogada Ivone Camargo.


    Esta respuesta a un Derecho de Peticion nos deja igual que antes: en un limbo en el cual las nuevas tarifas se encuentran vigentes desde la publicacion del Decreto 4950, es decir desde el 27 de diciembre de 2007, pero las copropiedades de uso RESIDENCIAL no seran objeto de verificacion por parte de la Supervigilancia, lo que es algo asi como un permiso tacito de conservar las tarifas anteriores....


    Aunque esto aparentemente ofrezca cierta tranquilidad a las unidades residenciales, siempre existira la duda: Puede alguien violar la ley simplemente porque el mismo Estado, (Por intermedio de uno de sus Organos de Control) diga que no verificara el cumplimiento de la norma?


    Y en caso de una posible queja o demanda: Que ocurrira?


    El fallo final sera favorable al infractor simplemente porque la Supervigilancia dijo que se haria la de la "vista gorda" indefinidamente?


    Son demasiadas las implicaciones legales y los interrogantes que quedan como para poder estar tranquilos!


    Invitamos a nuestros lectores y cibervisitantes a opinar y participar en el debate!


     


    Esperamos sus opiniones y sugerencias!


    Hasta Pronto!


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    martes 15 de julio de 2008

    MAS SOBRE LAS NUEVAS TARIFAS DE VIGILANCIA!

    MAS SOBRE LAS NUEVAS TARIFAS DE VIGILANCIA: Conozca el texto completo del Decreto 4950/2007 y la Circular 001/08!:


    Respondiendo a las solicitudes de nuestros cibervisitantes, hemos puesto a su disposicion el texto completo de estos documentos, para que Ustedes puedan conocer de primera mano todas las particularidades de la nueva disposicion que afectara a todos los usuarios de vigilancia Privada en Colombia, a partir del proximo 1° de Agosto, fecha en que finaliza la prorroga decretada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.


    Pulsando en los vinculos podra encontrar los archivos en Formato PDF, para que pueda "bajarlos" a su computador, imprimirlos o guardarlos para referencias futuras.


     


    DECRETO 4950 DE DICIEMBRE  27 DE 2007


    >CIRCULAR 001 DE 2008 - SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA. - TARIFAS



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    jueves 10 de julio de 2008

    COMO MANEJAR LAS NUEVAS TARIFAS DE VIGILANCIA?

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    COMO MANEJAR LAS NUEVAS TARIFAS DE VIGILANCIA?:


    Frente a la inminente alza en las tarifas de Vigilancia, acorde a lo dispuesto por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en la resolucion 224 del 17 de enero, cuya vigencia fue aplazada hasta el proximo 31 de julio, se requiere analizar las diversas posibilidades y alternativas, pues el incremento sera significativo en la mayoria de los casos, ya que la propiedad horizontal, entidad sin animo de lucro, ha venido recibiendo de las Empresas de Vigilancia un tratamiento preferencial y acorde a los presupuestos que se manejan en cada caso.


    La disposicion de la Super, que al parecer ya no tiene "marcha atras", puede propiciar una especie de "masacre laboral", pues segun hemos podido constatar son muchas las copropiedades que optaran por reducir el numero de vigilantes y en algunos casos, eliminar completamente la vigilancia humana, reemplazandola por los modernos equipos de seguridad electronica que se consiguen hoy en el mercado.


    En resumen, es probable que los mas perjudicados con esa medida, tendiente a velar por sus derechos laborales, sean precisamente los mismos trabajadores del sector!


    Tampoco seran las empresas de vigilancia las beneficiadas con la medida. No por lo menos las medianas y pequeñas, que son las que prestan el servicio en el sector residencial, presisamente porque sus tarifas eran economicas. Tal vez obtengan "ganancia" las grandes multinacionales, que han prestado siempre sus servicios con altas tarifas, similares o incluso superiores a las ordenadas por la Super, aunque debemos tener en cuenta que estas "grandes" han trabajado tradicionalmente con el sector oficial, el bancario y el comercial, y repetimos, muy poco con el residencial.


    Quien sera entonces el verdadero beneficiado? Advinen! Nadie Sabe para quien trabaja.... (O si?)


    Pues creemos que habra DOS grandes beneficiados:


    En Primer termino, lamentablemente la "Pirateria", la trampa, lo clandestino. Ya conocemos casos en los que se reemplazaron los guardias por personal empirico, a cargo de las mismas copropiedades, disfrazando sus labores con nombres como "Recepcionistas", "Toderos", "Conserjes"... Incluso, algunas empresas se han prestado para el juego... De manera que en vez de corregir la ilegalidad, se estara propiciando!


    Y en segundo lugar, Quien lo creyera! Los fabricantes, importadores y distribuidores de Equipos electronicos de seguridad que "haran su Agosto" vendiendo equipos para reforzar la seguridad y reemplazar a los vigilantes, aunque los Edificios mas modestos tendran que acudir a las concertinas, el alambre de puas, las cercas electricas o al fiel perro!


    Pero analicemos: Copropiedades de estratos 1 y 2, integradas por comunidades de bajos recursos, que con grandes sacrificios tratan de cubrir su credito hipotecario y pagar su modesta cuota de aporte a expensas comunes, deberan ahora incrementar esa cuota en un 20, 30 y hasta 40%... La pregunta es: Podran hacerlo?


    Pero no seran solo los estratos del 1 al 3 los perjudicados: Los estratos 4, 5 y 6,  en especial las copropiedades integradas por pocas unidades de vivienda, que son muy frecuentes en estos estratos, tendran tambien incrementos enormes, para sumar a las ya altisimas cuotas de aporte a expensas comunes,  estimuladas cada año con las alzas de servicios publicos, el costo ascendente de los elementos de aseo, la mano de obra, etc.


    De manera, que no son la mayoria los que aceptaran el incremento y subiran sus cuotas tranquilamente!


    Algunas consideraciones para debatir:


    Si bien existen ahora equipos muy sofisticados, desde Circuitos Cerrados de TV, (con una enorme gama de posibilidades y alternativas) , hasta lectores biometricos, alarmas "Inteligentes", controles codificados para apertura de puertas, videoporteros, alarmas monitoreadas, y hasta "Robots" vigilantes,  tambien es cierto que estos equipos requieren una inversion alta, que supera muchas veces el valor de las reservas que ordinariamente se acumulan en la Propiedad Horizontal, asi que si esta es la alternativa escogida, veremos muchas asambleas extraordinarias para decretar "Cuotas Extras"! - De todos modos, debe tenerse en cuenta que la inversion inicial se recuperara en poco tiempo con el "ahorro" que se haga en el rubro de Vigilancia...


    Igualmente, es necesario analizar que por muy sofisticado que sea el equipo, siempre se correra el riesgo de errores humanos, fallas mecanicas, daños en los equipos, e incluso acciones premeditadas contra los mismos, por lo que ademas se debera implementar un verdadero plan de "Reeducacion de la Comunidad" tendiente a que se asuman las nuevas responsabilidades y se conozcan perfectamente las implicaciones, riesgos, ventajas, debilidades y funcionamiento de los nuevos esquemas de seguridad.


    Tengamos en cuenta que algunas copropiedades estan pensando en REDUCIR el numero de vigilantes, lo que implica tambien reestructurar los protocolos de seguridad vigentes y replantear, junto con la empresa de vigilancia, un nuevo manual de funciones y un nuevo esquema de trabajo para los vigilantes que queden.


    Si la idea es ELIMINAR los vigilantes y basar todo el esquema de seguridad en equipo electronico, la copropiedad debera entender que la SEGURIDAD quedara bajo la responsabilidad de TODOS Y CADA UNO DE LOS COPROPIETARIOS y tomar las medidas necesarias para ajustar sus Manuales de Convivencia de manera que se pueda garantizar la colaboracion y compromiso de toda la comunidad.


    Una preguntita suelta.... Existen equipos capaces de llamar la atencion a los que incumplen las normas de convivencia, p.ej. a los protagonistas de fiestas ruidosas, a los escandalosos, a los "peleadores", etc? - Se encargaran esos equipos de algunas labores que tradicionalmente se han asignado a los fieles vigilantes, como sacar la basura,  recibir la correspondencia, atender al "domiciliario", etc.?


    Si la idea es mantener los Vigilantes, (Ojala!) tambien habra que hacer ajustes para compensar las alzas, y aunque cada caso es diferente, queremos ofrecer algunas ideas que tal vez ustedes puedan aprovechar.


    Por ejemplo, recordemos que la legislacion vigente PERMITE la explotacion economica de los BIENES COMUNES NO ESENCIALES, lo que puede ser una fuente de ingresos adicionales, que ayude a compenzar el alza en el rubro de vigilancia.


    Conocemos copropiedades que han alquilado sus cubiertas para la instalacion de antenas de operadores celulares, otros transformaron algunos salones sociales en supermercados, o los entregaron en arriendo para guarderias,  otros han incluso transformado sus Salones Comunales en aparta-estudios para arrendar, etc.


    Eso si, recordemos que para poder explotar economicamente un bien comun no esencial, (Los esenciales no pueden ser objeto de explotacion economica ni modificacion) deberan observarse ciertas normas basicas: La determinacion debera tomarla la Asamblea General, se debera Reformar el Reglamento, la explotacion economica debera hacerse de manera que no se perturbe la tranquilidad, la libre circulacion, que no se contradigan las normas urbanas, etc.


    Otra alternativa, que seguramente no seran muchos los que pueden aplicar, es revisar el presupuesto y suprimir algunos gastos que pueden ser no esenciales, o reducir otros, en la medida en que esto no deteriore la calidad de vida de los residentes o el buen mantenimiento de la copropiedad.


    Se puede pensar tambien, con una inversion inicial, en optimizar algunas instalaciones como la iluminacion, para generar ahorros en la cuenta de los servicios publicos,  (Suprimiendo de una vez TODOS los bombillos incandescentes que aun subsistan!) instalar temporizadores o detectores de movimiento, colocar economizadores de agua en las instalaciones comunales, etc.


    Tambien se puede restringir el uso de algunos equipos, p. ej. si en su copropiedad tiene dos ascensores, puede pensar en usar solo uno a determinadas horas, limitar el uso de saunas, turcos, piscinas y similares o cobrar por ellos, etc.


    Estas medidas naturalmente deberan ser adoptadas por la Asamblea General de Copropietarios, pues ni el Administrador ni el Consejo tienen atribuciones suficientes para tomar estas decisiones.


    Esperamos sus opiniones y sugerencias!


    Hasta Pronto!